Desde este viernes 11 de agosto, a las 8 en punto, entró en vigencia la veda electoral, de cara a las PASO de este domingo.
El periodo está regido por el artículo 71 del Código Nacional Electoral que se extenderá durante todo el fin de semana, abarcando viernes y sábado, y culminará a las 21 horas del domingo, 3 horas después del cierre de los centros de votación.
Cuáles son las limitaciones durante la veda electoral:
Prohibición de Reuniones: Se prohíbe admitir reuniones de electores en un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora. En caso de ocupación forzada de viviendas, se requiere notificar de inmediato a las autoridades policiales.
Suspensión de Espectáculos y Reuniones Públicas: Durante el desarrollo del acto electoral y hasta tres horas después de su clausura, quedan suspendidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, así como las fiestas teatrales, deportivas y cualquier tipo de reunión pública ajena al proceso electoral.
Cierre Temporal de Establecimientos de Bebidas Alcohólicas: Su expendio se prohíbe desde las 20 del sábado y hasta 3 horas después de finalizado el acto electoral, es decir, el domingo a las 21.
Restricción en la Entrega de Boletas de Sufragio: Está prohibido ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos.
Limitación de Portación de Armas y Distintivos: A los electores se les veda la portación de armas, el uso de banderas, divisas y otros distintivos durante el día de la elección, doce horas previas y tres horas posteriores al cierre de las urnas.
Suspensión de Actos Públicos de Proselytismo: Queda prohibida la realización de actos públicos de proselitismo, así como la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales desde 48 horas antes del inicio del comicio hasta su cierre.
Cierre de Organismos Partidarios en Radio de 80 metros: Los organismos partidarios deben cerrar sus puertas si se ubican en un radio de ochenta metros de distancia de los lugares donde se instalan las mesas receptoras de votos.
Restricción de Difusión de Resultados Electorales: Durante la realización de las elecciones y hasta tres horas después de su clausura, está prohibida la publicación y difusión de encuestas y proyecciones sobre los resultados electorales.
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