Mediante un comunicado, el Juzgado de Paz Letrado de Laprida recordó las prohibiciones por la veda electoral, de cara a las elecciones de este domingo 22 de octubre, en resguardo del cronograma fijado por la Cámara Nacional Electoral.
Se recordó que la veda electoral entra en vigencia a partir de las 8 horas del viernes 20 de octubre de 2023.
En ese lapso queda prohibida:
-la realización de actos de proselitismo
-la publicidad de candidatos en medios de comunicación -sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos u otros.
-la publicación y/o difusión de sondeos preelectorales, resultados de encuestas, sondeos de opinión y pronósticos electorales.
Asimismo, se recuerda que está prohibida la realización de reuniones electorales y la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros de la mesa receptora de votos.
Igualmente queda prohibida la apertura de locales destinados al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, cuyas particularidades serán notificadas oportunamente a dichos comercios a través de la Estación de Policía Comunal de Laprida.
En el caso de las bebidas alcohólicas, la prohibición del expendio, una de las regulaciones más conocidas de la veda electoral, arranca a las 20 horas del sábado 21 de octubre.
Lo informado corresponde a lo establecido en los arts. 71 y 136 del Código Nacional Electoral y con la Ley Electoral N° 5109 de la Provincia de Buenos Aires.
Todas las prohibiciones de la veda electoral concluyen 3 horas después de cerrados los comicios, es decir, a las 21 del domingo 22 de octubre.
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